No entendió nada...
Susana Jiménez coordinadora de políticas Públicas Libertad y DesarrolloN
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Susana Jiménez
La aprobación por unanimidad en el primer trámite legislativo del proyecto que modifica la legislación aplicable a los servicios públicos sanitarios generó inmediatas reacciones ante la evidente ausencia de un análisis crítico del mismo. Pero hay situaciones incluso peores. Al aprobarse en primera instancia la reforma al Código de Aguas, un diputado de la Nueva Mayoría proclamaba vía twitter que ello constituía una “gran noticia para la agricultura”. ¿Leyó el proyecto?, ¿escuchó la opinión de los propios agricultores y de otros afectados?
La reforma propuesta al Código de Aguas, patrocinada por el Ejecutivo, modifica radicalmente la concepción que hoy se tiene de los Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA). Ello explica la inquietud transversal frente a lo que se considera una amenaza al derecho de propiedad, lo que afecta directamente a los sectores productivos que hacen uso del agua, como la agricultura, minería e hidroelectricidad.
El efecto retroactivo de la reforma es una de las preocupaciones más recurrentes, especialmente en materia de temporalidad de los DAA. Las autoridades de gobierno han señalado que esto no aplicaría a los derechos vigentes, pero hay legítimas dudas al respecto, más aún cuando no ha existido la voluntad política de precisar la redacción de los artículos del proyecto que llaman a confusión.
En el caso del sector agrícola se ha levantado la voz por lo que consideran una expropiación solapada de los derechos de propiedad de los agricultores, dado no solo el cambio de naturaleza jurídica de los DAA y la restricción de uso y goce, sino también por la extinción por no uso, la caducidad por cambio del uso del agua y por no inscripción, y la exigencia de caudal ecológico.
El efecto retroactivo de la imposición de un caudal ecológico, que afectaría a derechos vigentes, también ha sido criticado por el sector eléctrico. Han advertido además sobre la inconveniencia de los acotados plazos para las caducidades, puesto que no se condicen con los tiempos que requieren las inversiones en generación hidroeléctrica.
El sector minero, en tanto, ha planteado preocupaciones adicionales por las llamadas “aguas del minero”, dado que la propuesta legislativa establece que si se quiere aprovechar estas aguas, deberán solicitar una autorización a la DGA, lo que pone en peligro la faena minera.
Lo anterior revela que quienes promueven y celebran esta iniciativa han ignorado los reales efectos que tendría su aprobación en el desarrollo de las actividades económicas. Ello se suma a que la reforma propuesta no resuelve ninguno de los problemas que la autoridad ha esgrimido para justificarla: no soluciona la escasez relativa del recurso, la que debe abordarse con infraestructura y el perfeccionamiento del mercado del agua; no innova con la priorización del consumo humano y el saneamiento, puesto que la ley vigente contiene actualmente normas que garantizan el consumo humano; y no disipa los (sobredimensionados) problemas de acaparamiento o especulación, para lo cual ya existe el pago de patentes por no uso.